Todo el que tiene una autocaravana, camper o furgoneta camperizada tiene que pasar por este proceso si o sí. Por eso, en este artículo te vamos a contar de manera fácil y breve nuestra experiencia pasando la ITV de autocaravana en el 2024.
Como seguro que tendrás dudas sobre el tema (como las hemos tenido nosotros), a continuación te dejamos alguna info importante tras la 7ª Revisión del Manual de Reformas de Vehículos que entró en vigor el pasado 1 de noviembre de 2022.
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¿Cada cuanto se pasa la ITV a una autocaravana?
Lo primero que hay que saber (esto no es nuevo) es que la primera ITV se pasa a los 4 años de la matriculación. Tras la primera inspección debe pasarse de nuevo cada 2 años hasta que la autocaravana tenga 10 años. A partir de los 10 años de la primera matriculación, la ITV debe pasarse todos los años.
Precio de la ITV de autocaravanas
El precio por pasar la ITV depende de la CCAA, a nosotros en Andalucía nos ha costado sobre los 50€ más unos 15€ de la gestión de la declaración responsable. Y, ¿qué es la declaración responsable? Sigue leyendo…
Pasar la ITV de una autocaravana o camper en 2024
Lo importante a saber es que ahora muchos de los accesorios que hemos instalado en nuestras autocaravanas y camper tienen que ser homologados. Aunque el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha dejado otra opción (a los que nos hemos podido acoger los usuarios que ya teníamos los accesorios instalados con anterioridad)
Es decir, que tras la 7ª Revisión del Manual de Reformas de Vehículos, que entró en vigor el pasado 1 de noviembre de 2022, hay que homologar algunos elementos exteriores. Estos son: los toldos, las placas solares, las antenas parabólicas y los portabicicletas.
Especificamos con más detalle:
– Toldos: Cualquier toldo deberá legalizarse, no importa cómo vaya sujeto.
– Placas solares: No importa el tipo de placa solar ni cómo vaya sujeta, se deben homologar todas.
– Antenas parabólicas: solo se homologan las antenas parabólicas, no las de televisión (tipo seta)
– Portabicicletas: solo se homologan los que van atornillados al vehículo, si tú portabicicletas es de los que van sujetos de forma que son de quita y pon no se homologan.
Resumiendo… entre los elementos que son susceptibles de homologación encontramos los toldos, las placas solares, los portabicicletas y las antenas parabólicas. Los cuales no requerían ninguna homologación anteriormente. Ahora sí. También deberemos homologar aquellos equipos de aire acondicionado situados en el exterior, solo si la instalación modifica la estructura del vehículo. Por otro lado, no es necesario homologar portabicis, portamotos o portaanimales que vayan anclados en los dispositivos de carga previstos para ello.
Plazos para homologar en la ITV
¿Entonces qué hay que hacer con los toldos, placas solares y antenas parabólicas? Afortunadamente, la 7ª revisión del Manual de Reformas de Vehículos indica que, cuando la homologación de placas solares, toldos o antenas parabólicas, se realice sin afectar a la estructura del vehículo, la reforma se puede tramitar sin necesidad del proyecto técnico ni el certificado final de obra, siendo únicamente necesario el certificado del taller para obtener, ante un laboratorio o servicio técnico autorizado, el Informe de conformidad que si necesitaremos para la homologación de dicha reforma en la ficha técnica. Ósea, esto es la famosa declaración responsable.
Conclusión: si tienes una autocaravana o camper y NO tienes incluidos estos elementos en la ficha técnica, puedes legalizarlos presentando uno de estos documentos en la ITV:
- Factura de compra, de fecha anterior a 01/11/2022
- Certificado de taller de fecha anterior a 01/11/2022
- Declaración responsable (es lo que hemos nosotros y el impreso te lo dan en la ITV)
MUY IMPORTANTE: Estos documentos tienes de plazo para presentarlos en la ITV hasta el 01/11/2024 o en tu próxima ITV (lo que sea antes). Así que si todavía no lo has hecho, toma nota.
Conclusión: si ya tenías instalado un toldo, placa solar o antena parabólica con anterioridad, puedes hacer una declaración responsable adjuntando una factura de las instalaciones.
Si no es así y vas a hacer una nueva instalación, puedes acudir a un taller especializado, donde te informen de los requisitos y la documentación necesaria para la homologación del accesorio que queremos instalar. La documentación consistirá en:
1️⃣ Proyecto Técnico de la reforma que queremos realizar.
2️⃣ Certificado del Taller que garantice que la reforma está realizada por profesionales cualificados.
3️⃣ Certificado final de obra que certifique que la reforma se ha hecho conforme a lo descrito en el Proyecto.
4️⃣ Una vez realizada la reforma y en posesión de estos 3 documentos, debes dirigirte a un laboratorio o servicio técnico autorizado para obtener un Informe de conformidad, que certifique que los cambios realizados en el vehículo se han hecho conforme a la legalidad.
Finalmente, y una vez dispongamos de estos 4 documentos, deberemos dirigirnos a una oficina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
IMPORTANTE: esto es lo que se deduce de la 7ª Revisión del Manual de Reformas de Vehículos, esta información puede variar ligeramente en cada ITV, ya que cada sede puede interpretarlo a su manera.
Esperamos haber arrojado luz sobre el tema. Y a ti, ¿cuándo te toca pasar la ITV?
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